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Dialogamos con el representante de Central en el Concurso Preventivo

Entrevista a Juan Manuel de Iparaguirre

Una mirada a la convocatoria de acreedores

 

 

 

 

- 18.05.2004

Promediando el mes de abril, Canalla.com estuvo con el Dr. Juan Manuel De Iparaguirre, abogado que está trabajando para Rosario Central en el proceso de convocatoria de acreedores en el que se encuentra.

La que sigue es la primer parte de la charla que mantuvimos con el Dr. De Iparaguirre:

- ¿Cómo llega a Central? ¿Cuál es su función en este proceso?

Lo conozco a Pablo Scarabino, quien me consultaba sobre las dificultades financieras que tenía el club desde antes, cuando él estaba en su proyecto presidencial.

Siempre le dije que una alternativa muy interesante para transparentar toda la deuda que podía llegar a tener el club era la presentación de un concurso preventivo. Donde todos los acreedores tienen que venir a verificar, a insinuar su crédito o su pretensión ante una sindicatura. Y el concursado, o sea Central, tiene la posibilidad de observar los créditos que presentan, hay un dictamen de la Sindicatura y finalmente, resuelve el juez nterviniente, en este caso la Dra. Giorgetti.

Ello obliga a que todo el que crea tener una pretensión con Central se presente, sino con el transcurso de dos años o más le prescribe esa posibilidad y no podría nunca más reclamarle a Central. Eso nos da certeza de saber de qué monto, en principio, estaríamos hablando.

La verdad es que cuando vi algunos balances al principio de la gestión de Scarabino, nunca me imaginé que el monto que iban a insinuar llegaba a setenta y pico millones de pesos.

"Esto es una campaña organizada para llevar al club a la quiebra"

Creo que esto es una campaña organizada para tratar de llevar a Central a la quiebra, sumándole cantidades de acreedores, los que por supuesto están pagos y que la gente que se fue nos dejó sin documentación para poder acreditar pagos.

Nos ponen en una situación muy difícil, que nos ha exigido un esfuerzo de trabajo para neutralizar esa pretensión de esta organización que seguramente no lo quiere a Central sino que quiere  los negocios de Central, pero no lo quiere como institución ni tienen ninguna intención de salvarlo.

- ¿Cómo nos podría resumir cómo fue y cómo va a ser su función en este proceso de convocatoria de acreedores?

La resolución de la sentencia que declara la apertura del concurso preventivo tiene un efecto para todos los acreedores con anterioridad a la fecha de presentación del concurso, que fue el 14 de noviembre del 2003.

Todos los créditos anteriores al 14 de noviembre del 2003 tienen la obligación legal de presentarse ante la sindicatura con la documentación que acredite su pretensión.  La fecha que otorgó el juzgado para hacer esa presentación venció el 8 de marzo del 2004.

Los acreedores eran unos 500 que hacían un total de créditos insinuados por alrededor de 75 millones de pesos.

Luego sigue la etapa de las observaciones (de los créditos), que son diez días hábiles después del 8 de marzo.

Nosotros hicimos una solicitud para el Juzgado, pidiendo una prorroga de ese plazo legal atento a la magnitud de los montos y de la cantidad de acreedores.

El Síndico contestó que 30 días hábiles debían ser suficientes para que nosotros observáramos la totalidad de los créditos.

Hasta este nuevo plazo, que venció el 22 de abril, hicimos las presentaciones con las observaciones.

En algunos casos no se llegó de la forma que uno hubiese querido, habríamos necesitado algunos días más.

Pero de cualquier manera, a partir de esta observación, comienza la tarea de la Sindicatura que tiene que analizar crédito por crédito, la legitimación, la documentación acompañada, y si no está la registración en el club, ver cómo está registrado en la empresa del acreedor o si es una persona física ver cómo puede acreditar la pretensión.

"Cuando hay dudas respecto a la procedencia de un crédito se lo debe rechazar "

Se hace un análisis bastante exhaustivo, a pesar de lo limitado del plazo, y en caso de duda, la jurisprudencia dispone que cuando hay dudas respecto a la procedencia de créditos se lo debe rechazar y no integra el pasivo.

Porque una vez que el Síndico dictamina por cada uno de los créditos vamos a llegar a la sumatoria de todos los créditos, a tener un pasivo. Este pasivo, puede estar constituido por todos créditos quirografarios o con privilegio general (el Fisco), o algunos con privilegio especial (Tasa General de Inmuebles).

Los que prestan en conformidad la propuesta que va a hacer el club, son los quirografarios.

Después del informe del Síndico, la Jueza es la que va a dictar una resolución, tomando como propio lo aconsejado por la Sindicatura, o en algunos casos, puede diferir o disentir con lo por ella expresado. Y dar por verificado o no, declarado admisible o no cada crédito, a criterio propio.

En definitiva, lo que diga la jueza, esa resolución, es la que fija el pasivo del club.

De ese pasivo quirografario, el club a esos acreedores les tiene que hacer una propuesta, en un período que se llama período de exclusividad, donde el deudor, el concursado, dispone de ese tiempo para ir formulando una propuesta a los acreedores que la puede categorizar, pueden ser distintas categorías de acreedores, por el monto, el rubro, etc.

"La propuesta tiene que ser aprobada por el 66% del monto y el 50% de las personas"

Pero en cada Categoría tiene que obtener el 66,66 % del monto verificado a favor de la propuesta y más del 50% de las personas que integran esas categorías.

Con eso el club lograría lograr la existencia de un acuerdo preventivo, después la homologación y se levantaría el concurso.

Esos son los pasos que nos tocan ahora.

Central lo único que tiene que hacer es munir de los elementos necesarios a la Sindicatura para que tenga la mayor cantidad de elementos posibles para hacer el informe de cada uno de los créditos, es la única actividad que le queda al club en este momento.

Y después una vez que está la resolución judicial, ponerse a trabajar en cómo y qué tipo de propuestas les va a hacer a los acreedores y con qué plazos para pagar.

La Sindicatura tiene un plazo hasta el 2 de julio para hacer los informes individuales, que yo creo que no va a llegar por la cantidad de trabajo y entiendo que el Juzgado no tendría ningún inconveniente en darles un mayor plazo.

La Jueza también tiene un plazo para analizar el crédito, la observación si la hay del concursado, el informe que hace la Sindicatura, y con todo eso formarse una opinión y dictar una resolución.

¿Qué es la Sindicatura?

Es un auxiliar del juez, es su  colaborador directo. El funcionario en este proceso que tiene deberes y funciones de acuerdo a la ley pero que está al lado del juez. Tiene que controlar que los acreedores no sean de alguna manera “borrados” por el concursado y, por otra parte, que los créditos que esos presuntos acreedores insinúan se ajusten a la realidad.

- ¿La Sindicatura es una persona o un grupo de personas?

"La Sindicatura son tres contadores y están patrocinados por el estudio de Baravalle y Granados"

En este caso, la Sindicatura es integrada por tres contadores y están patrocinados por el estudio de Baravalle y Granados.

Está la Sindicatura Estudio, que es una Sindicatura tipo A, que siempre corresponde de acuerdo a la ley cuando se reúnen tres requisitos: que tenga más de 100 mil pesos de deuda, más de 20 empleados, y más de 20 acreedores. Es decir, quedan afuera los pequeños concursos.

Cumpliendo con esto se pasa a hacer un gran concurso y a partir de allí interviene la Sindicatura A que normalmente está integrada por 3 ó más profesionales de Ciencias Económicas.

¿Y cómo se eligen?

Por sorteo.

En la edición de mañana, la segunda parte de la entrevista.


Producción: Juan Pablo Olmedo, Lisandro Cristiá, Natalia Suárez y Romina Suárez.